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Inscripción Programa de apoyo económico a firmas afectadas por pandemia

El Programa de Sostenimiento Económico (PSE) para actividades afectadas por la pandemia, que distribuye $2.000 millones en aportes no reembolsables destinados al apoyo a unidades productivas micro y pequeñas y monotributistas, en la provincia de Buenos Aires, amplió su plazo de inscripción hasta el 10 de noviembre.

 

Del monto total de $2.000 millones con los que cuenta el PSE, la Provincia ya lleva ejecutados más de $267 millones.

 

Quienes deseen ser beneficiarios del subsidio, deberán inscribirse en la página web.

 

Entre las actividades incluidas en este Programa están: Servicio de Transporte escolar y otros; Comercio minorista de indumentaria, calzado y ventas en general; Gastronomía y Bares; Salones de baile, fiestas y boliches.

 

También Guarderías y jardines maternales; Servicios especializados, como fotografía, fotocopias, ventas de entradas, peluquería, entre otros; Servicios vinculados a prácticas deportivas y explotación de instalaciones; y elaboración de cerveza.

 

El listado completo se encuentra en la página web del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense.

 

Para ser beneficiario se deberá contar con los siguientes requisitos:

  • Las unidades productivas deben ser micro o pequeñas.● Su actividad principal debe estar incluida en el listado de actividades del Programa.

    Fecha de inicio de actividad anterior al 31/03/2020.

    ● Serán elegibles aquellas unidades productivas cuyos ingresos hayan caído en 2020 en comparación con 2019 o hayan aumentado hasta un 10%. O que hayan iniciado actividades en 2020.

    ● Deben estar inscriptas en Buenos Aires ActiBA.

    ● No deben haber recibido otros beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción nacional y/o provincial.

    ● A la fecha de corte 18/06/2021 debían estar al día con las Declaraciones Juradas de Ingresos Brutos mensuales de 2019 y 2020.

    ● Si se encuentra alcanzada por alguna norma que la exima de la presentación de Declaraciones Juradas de Impuesto a los Ingresos Brutos mensuales, no le será exigible este requisito a los fines de acceder al PSE. Dentro de estas exenciones se encuentran los beneficiarios de La Ley Provincial N° 13.136 de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS).-

 

 

 

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